jueves, 17 de julio de 2008

Control de Autoridades Bibliográficas

Al hablar de Control de Autoridades bibliográficas, se tiene que partir por mencionar los llamados "puntos de acceso", que son las entradas bajo el cual un registro bibliográfico puede ser ubicado en el catálogo de la biblioteca. Los puntos de acceso más tradicionales son: autor, título, materia y serie.
Este control de las autoridades son permite poder repercutir en la pertinencia y en la relevancia a la hora de la recuperación de la información, y poder así ayudar a satisfacer de mejor manera las necesidades de información de un usuario. A través de este control se pueden generar referencias cruzadas en la base de datos y dar a conocer notas de alcance y notas explicativas al usuario, y poder guiarle en su búsqueda o requerimiento.
El control de autoridades implica el uso de un vocabulario controlado, ya sea, nombres, frases, títulos o temas; este control se relaciona directamente con los registros bibliográficos, es decir, son el punto de acceso al registro bibliográfico.
Asimismo, para la asignación de encabezamientos de materia se requiere también de una normalización y aplicación de pautas antes de la validación de éste o estos términos, y pasar a formar parte de la base de datos de autoridades de la Unidad de Información. Las fuentes bibliográficas autorizadas, de acuerdo a nuestras políticas internas son, como primera fuente, la base de datos de autoridad de RENIB, como segunda fuente la LCSH (Library of Congress Subject Headings) y el DECS, como fuente específicamente para la creación de términos del área médica. Asimismo, para el formato de ingreso de datos de la base de autoridades, se utiliza MARC21 de Autoridades

En cuanto a este tema les puedo mencionar que nuestra biblioteca forma parte de un trabajo cooperativo en lo que se refiere al trabajo de Control de Autoridades Bibliográficas integrando la Unidad de Control de Autoridades (UCA)

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